Convalidado el Real Decreto-ley 32/2021 para la reforma laboral. ¿Cómo te afecta?
Hace algunos días se convalidó en el Congreso el Real Decreto-ley 32/2021 para la reforma laboral, que conlleva algunos cambios tanto a trabajadores como a empresas. Estos son los cambios más importantes:
- Este Real Decreto-ley está en vigor desde el 1 de enero de 2022.
- Se reducen los contratos temporales. Solo se podrán realizar en casos concretos y justificados, únicamente si hay pico de producción, durante un año como mucho. Si ese pico de producción es previsible se puede hacer un contrato de trabajo temporal, de menos de 3 meses, si no, tendrá que hacerse un contrato indefinido.
- Desaparece el contrato por obra y servicio.
- No se podrá contratar a otra persona con un contrato temporal, para alargar más allá de 1 año la temporalidad, ya que el contrato se vincula al puesto, no a la persona.
- El trabajo por temporada, deberá hacerse mediante contratos fijos discontinuos.
- Cuándo se subcontrate, los trabajadores tendrán que estar bajo el convenio donde realmente hagan su trabajo.
- Derogación de la prevalencia salarial del convenio de empresa, el salario lo establece el convenio del sector.
- Los convenios laborales no caducan pasado el año desde su vigencia sin que se llegue a acuerdos. La ultra actividad es indefinida.
- Impulso a los ERTES, como alternativa al despido.
- Contratos de formación más regulados, en cuanto al salario, las horas y en cuanto a la duración, que será de 2 años máximo si se compagina con estudios o de 1 si no hay estudios.
Si tienes alguna duda sobre como debes adaptarte, ponte en contacto con nosotros.